El objetivo de este decreto es facilitar la adquisición, en primera transmisión, de viviendas de protección pública, existentes en Castilla-La Mancha que estén vacantes por falta de comprador
Redacción | Sábado 08 de julio de 2017
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este viernes el decreto de medidas para facilitar el acceso a viviendas sujetas a algún tipo de protección pública, una normativa que entra en vigor mañana.
El objetivo de este decreto, que fue aprobado en el Consejo de Gobierno celebrado esta semana, es facilitar la adquisición, en primera transmisión, de viviendas de protección pública, existentes en Castilla-La Mancha que estén vacantes por falta de comprador, una vez agotados los procedimientos de adjudicación establecidos en la legislación vigente en materia de vivienda protegida.
Este documento, además, recoge tres aspectos fundamentales, pues por un lado suaviza los requisitos para acceder a una vivienda pública en Castilla-La Mancha, ya sea de titularidad estatal o autonómica, y se aprueba que el tope de ingresos de una unidad familiar para que puedan tener derecho a una de estas viviendas pueda ser de hasta 6,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que es de 532,51 euros.
Además, para las viviendas de protección oficial (VPO) de régimen concertado, la renta familiar podrá ser de 7,5 veces el IPREM.
Por otro lado, también se da prioridad a las personas mayores de 65 años, mujeres víctimas de violencia machista, víctimas del terrorismo, familias monoparentales con hijos o numerosas y personas con discapacidad.
En tercer lugar, este decreto posibilita que quienes ya tienen una vivienda pública y, por cuestiones sobrevenidas no pueden hacer frente al pago de las cuotas mensuales, se puedan convertir en alquiler social y, a la inversa, que quienes estén de alquiler puedan optar a comprar la vivienda.
Este decreto recoge otras medidas, como la posibilidad de que estas viviendas con protección sean incorporadas a los patrimonios protegidos de personas con algún tipo de discapacidad, incluidos menores de edad, de manera que dispongan de una vivienda adecuada a sus necesidades para el resto de su vida.
También contempla la posible cesión temporal de viviendas a entidades sin ánimo de lucro para que puedan desarrollar en ellas sus fines sociales y atender a los colectivos a los que sirven.
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