GUADALAJARA

El Juzgado de lo Social de Guadalajara da la razón a una auxiliar de enfermería del SESCAM

"La mutua no consideró por tanto la lesión como Cy derivó a la paciente a su médico de cabecera por considerar que se trataba de Enfermedad Común"

Redacción | Martes 14 de noviembre de 2017
Los servicios jurídicos de FeSP UGT han obtenido una sentencia favorable del Juzgado de lo Social de Guadalajara, que ha reconocido que la lesión sufrida por una auxiliar de enfermería del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en Guadalajara fue un accidente laboral y no enfermedad común.

En nota de prensa, el sindicato ha explicado que dicha trabajadora refería dolor en un hombro, que se agravó al levantar un día a un paciente en su centro de trabajo, siendo derivada a la mutua, que lo relacionó con un proceso degenerativo.

"La mutua no consideró por tanto la lesión como contingencia profesional y derivó a la paciente a su médico de cabecera por considerar que se trataba de Enfermedad Común", han criticado.

Pero la trabajadora, considerando en todo momento que su lesión debía ser considerada como accidente de trabajo, hizo un recurso al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que fue desestimado.

"La justicia nuevamente da la razón a otra trabajadora, en base a que la jurisprudencia establece que el accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute, estableciendo que su lesión debe ser considerada como accidente de trabajo y por tanto percibir durante la baja el 100 % de sus retribuciones, no aplicando por tanto los descuentos salariales en caso de la consideración de Enfermedad Común", explica el sindicato.

Tras valorar el pronunciamiento del juzgado, "en contra de lo que pretendía el INSS, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua Solimat y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha", UGT ha pedido "una vez más" que todas las bajas de los empleados públicos de la Junta de Castilla-La Mancha y el Sescam, ya sean las derivadas de contingencia común, como las derivadas por contingencia profesional o accidente de trabajo, "sean gestionadas por medios propios y se elimine por tanto a la mutua, que tantos problemas nos está trayendo".

De igual modo, ha pedido que se eliminen los descuentos salariales del 50 % en los tres primeros días de baja y del 25 % del cuarto al vigésimo día en los procesos comunes.

Por último, el sindicato ha instado a las distintas administraciones públicas una adecuada evaluación de riesgos laborales, como cargas físicas o psíquicas, que garanticen que el número de trabajadores está en directa relación con los trabajos que se deben realizar, nunca por debajo.

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