Redacción | Lunes 23 de marzo de 2020
El próximo día 20 de abril los autónomos están obligados a presentar la autoliquidación del IVA recaudado en el primer trimestre de este año a través del modelo 303, así como los modelos 111; retenciones de los trabajadores; 115 de retenciones e ingresos a cuenta por arrendamientos de inmuebles urbanos; 130 y 131 pagos fraccionados del IRPF.
Si lo hacen fuera de plazo deberán pagar un recargo de, al menos, el 5% si lo realizan de manera voluntaria, o con una sanción entre el 50% y el 150% del importe de la declaración a pagar, si es por requerimiento de la Agencia Tributaria.
Sin embargo, la situación especial que está imponiendo el Estado de Alarma por la pandemia del COVID-19, dificulta la presentación de estas declaraciones tributarias, no sólo por las limitaciones de movilidad y de prestación de servicios y apertura al público de las entidades financieras, también por las dificultades que tienen aquellos autónomos, personas físicas, que todavía no están en condiciones de hacerlo telemáticamente. Por esta razón, UPTA pide al Ministerio de Hacienda que, con carácter general, se establezca un nuevo plazo de tres meses para la presentación de estas declaraciones, haciéndolas coincidir con el límite temporal de las del segundo trimestre, el 20 de julio de este año, sin por ello sufrir ningún recargo y sin que la Agencia Tributaria realice la reclamación, a fin de evitar las sanciones correspondientes.
Este aplazamiento no conllevaría solicitud previa, con el fin de evitar trámites innecesarios, aunque los autónomos que lo deseen podrían presentar las declaraciones dentro del plazo actual, tanto en el caso de que sean a pagar, como a devolver por parte de Hacienda.
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