El proceso selectivo supuso una discriminación entre aspirantes por turno libre y promoción interna
Redacción | Lunes 26 de octubre de 2020
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha vuelto a lograr una sentencia favorable en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha contra el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) sobre el proceso selectivo en la categoría de Grupo Auxiliar de la Función Administrativa en la OPE 2007 en la diferencia de criterios en la fase de oposición.
El proceso contemplaba dos modos distintos de calificación del ejercicio de la fase de oposición (28 puntos en turno libre y 25 puntos en promoción interna) para acceder a la segunda fase, lo que supone una discriminación a consecuencia de la diferencia de trato con la que se consideró a unos y otros opositores.
La sentencia señala que se deberá permitir al afectado acceder a la segunda prueba de la fase de oposición o prueba de aptitud ofimática y, en caso de superar ésta con la calificación de apto, se le permita acceder a la fase de concurso de méritos, a fin de que le sean valorados. Computando las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, si su nota fuere superior a la del último aprobado se entenderá que supera el proceso selectivo.
CSIF, tras la firmeza del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de esta sentencia a fecha del pasado 23 de octubre, que se suma a otras ganadas con anterioridad, celebra este fallo por todo lo acontecido en las diferentes convocatorias de oposiciones durante los procesos selectivos.
TEMAS RELACIONADOS:
Noticias relacionadas