La Diputación de Guadalajara firma un convenio con el Colegio de Notarios de Castilla-La Mancha para agilizar la gestión del IBI y Plusvalía
Los ciudadanos de los municipios que han delegado a la Institución Provincial la recaudación de estos tributos podrán liquidarlos en las notarías
martes 21 de enero de 2020, 14:03h
El presidente de la Diputación de Guadalajara, José Luis Vega, y el decano del Colegio Notarial de Castilla-La Mancha, Luis Fernández-Bravo Francés, han suscrito un Convenio de Colaboración para agilizar la gestión tanto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) como del Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU o plusvalía municipal).
Este convenio, que está inspirado en el acuerdo marco suscrito entre la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y el Consejo General del Notariado (CGN), permite que la Diputación de Guadalajara y el Colegio Notarial de Castilla-La Mancha utilizando las nuevas tecnologías de la información, ofrezcan a los ciudadanos de los municipios que deleguen o tengan delegada la gestión de ambos tributos diferentes trámites que agilicen el cumplimiento de las respectivas obligaciones tributarias.
En virtud de este Convenio ofrecen a los ciudadanos la posibilidad de realizar en la misma notaría en la que se otorga la escritura pública trámites como la autoliquidación del IIVTNU (plusvalía) y el pago de la misma por medios telemáticos. Asimismo se podrá facilitar información al interesado de las deudas pendientes por el IBI de las cuales haya de responder el adquirente de un inmueble así como el pago de las mismas. El Convenio, en el que se contemplan todos los procedimientos para la transmisión de datos así como la creación de una comisión mixta para velar por su cumplimiento, tiene una duración de cuatro años que se prorrogará automáticamente por el mismo periodo de tiempo, salvo denuncia de una de las partes con tres meses de antelación.
En la actualidad el Servicio de Recaudación de la Diputación de Guadalajara gestiona el IBI de 270 municipios de la provincia que han delegado en ella estas facultades; en cuanto al IIVTNU sólo se encargará de la recaudación ejecutiva cuando los municipios interesados procedan a delegar en la Diputación Provincial las correspondientes facultades, pudiéndose a partir de ese momento aprovechar las facilidades que permite este convenio.