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Foto : EDUARDO BONILLA
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Foto : EDUARDO BONILLA

El toque de queda en Guadalajara será de 23:00 a las 06:00 horas hasta el 9 de noviembre

lunes 26 de octubre de 2020, 18:42h
El Gobierno de Castilla-La Mancha ha decidido mantener en GUADALAJARA , y en toda CASTILLA LA Mancha, la limitación de movilidad nocturna entre las 23:00 y las 6:00 horas que establece el nuevo decreto de estado de alarma, que fija un toque de queda obligatorio para toda España, excepto Canarias, en ese horario, aunque deja a las comunidades autónomas la potestad de retrasar o adelantar su activación una hora respecto a esa franja.

El consejero de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, ha presidido este lunes una nueva reunión de seguimiento de la evolución de la pandemia por coronavirus, que hoy ha tenido mucho que ver con el decreto que ayer mismo por la tarde se puso en marcha sobre el estado de alarma, informa la Consejería de Sanidad.

Fernández Sanz ha explicado en referencia al decreto de alarma, aprobado ayer por el Gobierno de España, que “Castilla-La Mancha ya lo había solicitado y además en los términos que se han concedido a nivel nacional, excepto en Canarias. Esto hace que sea una potente herramienta para detener al virus, que es detrás de lo que vamos”.

Asimismo, ha explicado que a lo largo de este lunes van a mantener más reuniones, "tanto técnicas como sociales” para consensuar respuestas a las posibles dudas que surjan de la normativa aprobada en la tarde de ayer por el Gobierno nacional.

Así, mañana martes, en la reunión del Consejo de Gobierno, se revisarán los criterios del articulado, que serán muy parecidos a los que ya hay en los niveles de medidas especiales complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional y que tienen nivel 1, nivel 2 y nivel 3, medidas que se pueden consultar en la página web de Sanidad.

Las comunidades autónomas podrán levantar a partir del 9 de noviembre, en función de cómo evolucione su situación epidemiológica, el toque de queda nocturno fijado por el nuevo estado de alarma aprobado este domingo en un Consejo de Ministros extraordinario, según han precisado fuentes gubernamentales.

Según queda registrado en el BOE, durante el periodo comprendido entre las 23:00 y las 6:00 horas SOLO se podrá circular por las vías o espacios de uso público para las siguientes actividades:

Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad

Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios

Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia

Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales

Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado

Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad

Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada

Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
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