Greenpeace insiste en que la ley nace mucho más débil de lo que sería necesario para afrontar la crisis climática que enfrenta el mundo. El texto aprobado es un punto de partida que tendrá que reforzarse para afrontar con éxito el cambio climático en uno de los países de Europa más vulnerable a sus graves impactos: solo aumentando sus objetivos de reducción de emisiones podrá servir para luchar de forma decidida contra la emergencia climática.
“Estamos en un momento crucial para que la recuperación del país pueda avanzar con una transición compatible con limitar el calentamiento del planeta al 1,5º. La lucha contra el cambio climático y la pérdida de biodiversidad tienen que estar en el centro de todas las políticas. Esta ley es un punto de partida mucho menos ambicioso del que necesitamos, por eso hay que seguir trabajando para concretar aquellos aspectos que nos permitan lograr la eliminación de los combustibles fósiles y una recuperación justa y verde”, ha declarado Alicia Cantero, responsable de la Unidad Política de Greenpeace.
LOS 10 PUNTOS CLAVE DE LA LEY
- Escasa ambición para afrontar la emergencia climática. Uno de los aspectos más importantes de una ley de cambio climático es determinar unos objetivos climáticos ambiciosos. En este sentido, la ley española falla: el objetivo de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero es de un 23% para 2030 respecto a 1990, un porcentaje insuficiente en la lucha contra la emergencia climática. Para garantizar que España cumple lo que le corresponde para contribuir a limitar el calentamiento global a 1,5 ºC, el objetivo debería haberse elevado hasta al menos un 55%. Eso sí, la ley indica que la cifra se revisará al alza en 2023.
- Puerta abierta a los combustibles fósiles. La ley deja la puerta abierta a la posibilidad del uso indiscriminado de “combustibles alternativos” en todo el sector del transporte y permite la promoción del gas fósil para el transporte por carretera. Este punto, que inicialmente pretendía ser una solución transitoria solo para el sector aéreo, extiende el uso de determinados combustibles también a la automoción, demorando la necesaria electrificación del automóvil y reduciendo la disponibilidad de dichos combustibles alternativos.
- Eficiencia energética y rehabilitación de edificios para potenciar la descarbonización. La ley ha reforzado este punto al otorgar más peso a la rehabilitación energética incluyendo en su texto la eficiencia, la gestión de la demanda, la promoción del autoconsumo y su orientación a fijar las medidas para la población más vulnerable, vital para el empleo y clave en la recuperación verde. La ley especifica que el Gobierno tendrá que elaborar un Plan de Rehabilitación de Viviendas y Renovación urbana. Según Greenpeace, este plan debería ser ambicioso en los objetivos de ahorro energético y establecer que al menos el 30% de las viviendas rehabilitadas sean de población vulnerable.
- Prohibición de las prospecciones y minería de uranio. La ley acaba con las actividades de exploración o explotación de yacimientos de combustibles fósiles, lo que determina una señal clara respecto al uso de estos combustibles; la otra cara de la moneda es que podrán explotarse los existentes hasta 2042. En su paso por el Parlamento, la ley mejoró con la ampliación del artículo 8, que incluye la prohibición de las actividades de exploración o explotación de yacimientos minerales radiactivos como el uranio y que acaba con la minería de uranio en Extremadura.
- Movilidad sostenible todavía por concretar. La entrada en vigor de la ley se verá reflejada directamente en poblaciones con más de 50.000 habitantes, que deberán contar con Zonas de Bajas Emisiones antes de 2023, siguiendo el ejemplo de Madrid Central o la ZBE de Barcelona. Esta figura, presente en más de 250 ciudades europeas, puede ser eficaz para reducir la presencia de automóviles siempre que se fijen unos criterios ambiciosos, que aún están por definir. El texto también anuncia el fin de los vehículos con motor de combustión, una buena noticia que se ve empañada por el retraso en su implementación. El horizonte 2040 resulta obsoleto cuando Europa ya apunta hacia 2035 y aún está muy lejos de la necesaria fecha del 2028. La ley detalla algunos elementos más sobre transporte y movilidad que tendrán que desarrollarse y concretarse en la futura Ley de Movilidad.
- Ecosistemas resilientes para el reto demográfico. La ley resalta las externalidades positivas que suministran los sumideros de carbono terrestres y marinos (carbono azul) y especialmente los servicios ecosistémicos que proporcionan los sectores agrario y forestal, por lo que es un avance en una buena dirección que necesita concreción. Además, la planificación y gestión del medio marino se orientarán al incremento de su resiliencia ante los efectos del cambio climático, especialmente importante en la gestión de la costa que deberán adecuarse a las directrices y medidas contempladas en la Estrategia de Adaptación de la Costa a los Efectos del Cambio Climático. La ley también avanza con la concreción de un mecanismo para que el necesario desarrollo de las energías renovables no tenga impactos negativos en la biodiversidad a través de un mapa de zonas de exclusión.
- Contratación pública y dieta alimentaria para luchar contra el cambio climático. La ley contempla medidas de contratación pública, entre las que incluye prescripciones técnicas de criterios de reducción de emisiones y de huella de carbono en los pliegos de contratación. Además, señala la dieta alimentaria como un elemento para la lucha contra el cambio climático, un buen avance al que, sin embargo, también le falta concreción, ya que la referencia a productos “frescos o de temporada” no evita que estos alimentos puedan proceder de la destructiva agroindustria.
- Avances en el sistema financiero. El texto incluye algunos avances en aspectos relacionados con las finanzas climáticas, como la obligación de que el sector financiero y las empresas presenten un informe anual en el que se realice una evaluación de los riesgos asociados al cambio climático o que las entidades de crédito publiquen objetivos específicos de descarbonización de su cartera de préstamo e inversión alineados con el Acuerdo de París. Aunque el mayor avance de la ley en este sentido es la obligatoriedad del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones de elaborar un informe sobre el grado de alineamiento con el Acuerdo de París y la normativa de la Unión Europea basado en escenarios futuros que tendrán que presentar al Parlamento cada dos años.
- Necesidad de una reforma fiscal que incluya la fiscalidad verde. La fiscalidad es un pilar básico para la recuperación verde y justa que se ha incluido en la ley en el último momento y se ha visto escasamente reflejada en el texto, condicionada a la recuperación económica. La única concreción ha sido la creación de una Comisión de expertos para comenzar con el diagnóstico. Sería necesaria una profunda reforma fiscal con criterios progresivos y el desarrollo de una fiscalidad verde que aplique el principio de ‘quien contamina paga’ e incentive los comportamientos más sostenibles.
- Compromiso presupuestario. La ley establece que al menos un porcentaje de los Presupuestos Generales del Estado tengan un impacto positivo en la lucha contra el cambio climático. Este porcentaje -equivalente al acordado en el marco Financiero Plurianual de la Unión Europea- se fija en un 30%, pero se revisará al alza, antes del año 2025. En cuestión de financiación, sin embargo, la ley sigue permitiendo que se utilice hasta un 25% de los ingresos procedentes de las subastas de derechos de emisión para compensar a las industrias para que sigan contaminando.